
Entre otros, en caso de retraso por más de cuatro horas, deberán llevar a su destino al pasajero en el vuelo más próximo, indemnizarlo con el costo del boleto y un 25% más, alimentos, hospedaje en caso necesario y traslado aeropuerto-hotel-aeropuerto. 25 kilos de equipaje en maleta y 10 en mano, sin costo; devolución del valor del pasaje en caso de cancelación, sin cargo alguno, cuando se haga 24 horas después de adquirirlo y multa en caso de publicidad engañosa.
En esta Legislatura, es la primer modificación de ley que le aprueban a un legislador de Baja California.
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