· El objetivo es mantenerse en cumplimiento para no ameritar multas y aprovechar los beneficios de los tratados comerciales.
Tijuana, Baja California a 28 de abril de 2020.- Como parte de los cambios en comercio exterior que entran en vigor este 2021 es necesario que la comunidad empresarial lleve a cabo una serie de verificaciones a fin de mantenerse en cumplimiento y no caer en posibles sanciones.
Lo anterior lo señaló el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, quien indicó que en cuanto a clasificación arancelaria, se debe verificar la fracción y el Número de Identificación Comercial con respecto el NICO para llevar a cabo los trámites aduanales.
“Hay que revisar la documentación aduanera relacionada con los Números de Identificación Comercial como facturas, pedimentos, cartas cupos, entre otros; elaborar los CFDI con complemento de comercio exterior en exportación definitiva declarando el NICO, y conocer el procedimiento de causal de suspensión del sistema electrónico aduanero por inexactitud del NICO en mercancías sensibles”, apuntó el abogado fiscalista.
En el caso de llenado de pedimento es necesario identificar el nuevo formato y los cambios en el Anexo 22, en particular el Instructivo para llenado de pedimento, además de contemplar los nuevos datos que se consideran inexactos o falsos de conformidad con el Anexo 19.
El Dr. Octavio de la Torre refirió que se deben revisar la vigencia de las autorizaciones, certificados, permisos o cualquier otra regulación o restricción no arancelaria para gestionarlos en tiempo y forma, debido al periodo vacacional de las dependencias.
“También deben preparar la documentación e información aduanera y fiscal que será utilizada para la presentación de avisos, informes o reportes con relación a las certificaciones o programas de fomento autorizados; efectuar el pago derechos total o parcial del periodo 2021 correspondiente al trámite de renovación del Registro del Esquema de Certificación de IVA e IEPS”, apuntó.
Y presentar en tiempo el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE) para no poner en riesgo sus certificaciones.
En cuanto a impuestos corporativos, el presidente de TLC Asociados comentó la importancia de identificar e informar esquemas reportables ante el SAT; solicitar la verificación de domicilio por interés del propio contribuyente o para el envío de solicitudes de devolución de impuestos, ya que de no hacerlo se entiende por no solicitada la devolución.
En tanto que se debe contar con el Buzón Tributario activo con medios de contacto realmente utilizados por el contribuyente para evitar incurrir en multas, restricción de la contraseña CIEC, restricción de CSD, entre otras sanciones, y tener su contabilidad debidamente registrada e integrada, incluyendo la parte corporativa para 2021.
En el caso de tratados de libre comercio, agregó De la Torre, los empresarios deben elaborar y solicitar las certificaciones y certificados de origen para la aplicación de preferencias arancelarias de los Tratados de Libre Comercio; identificar y conocer las nuevas facilidades administrativas, operativas y legales para quienes hayan renovado la certificación de IVA e IEPS, o en su caso, el Operador Económico Autorizado.
Respecto de la valoración aduanera y comprobantes, anotó, se deben elaborar los formatos de la manifestación de valor y la hoja de cálculo para la determinación del valor en aduana de mercancías de importación, así como identificar la documentación e información del valor en aduana de las mercancías para la declaración próxima de los decrementables en el pedimento aduanal.
“Es importante considerar la nueva presunción de contrabando relacionada con el destino aduanero del activo fijo importado temporalmente, e identificar el incremento de las multas y cantidades relacionadas con la operación aduanera”, advirtió el abogado fiscalista.
Finalmente, el Dr. Octavio de la Torre remarcó la necesidad de verificar las temporalidades de acuerdo con el tipo de certificación, considerando la fecha de renovación y prepararse para posibles requerimientos por parte de la autoridad fiscal para determinar saldos y archivos de descargo, ya que no se ha actualizado el portal. Para mayor información sobre este y otros temas puede contactarse al correo tlc@tlcasociados.com.mx.
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